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27 octubre, 2018

Golpes, rebeliones y algaradas @elespanolcom

Ya tenemos auto de cierre de la instrucción y apertura del juicio oral para los dirigentes del movimiento independentista, o por lo menos para aquellos que no pusieron tierra de por medio a fin de no responder de las consecuencias legales de sus actos. Un auto que significa lo que significa: que se han apreciado los indicios suficientes de delito en la instrucción para proceder al enjuiciamiento de los acusados y que ahora viene el momento de la verdad procesal. Es decir: el plenario en el que acusaciones y defensas expondrán sus pruebas y sus argumentos y sobre esa base probatoria y argumental pedirán una u otra sentencia.

Todas las posibilidades están abiertas: desde la condena por rebelión consumada —el delito más grave de los que se han imputado a los encausados— a la libre absolución. Dependerá de la prueba desplegada en el juicio y de la valoración que de ella hagan, en conciencia, los magistrados encargados de llegar a un fallo. No cabe descartar, tampoco, una gama de soluciones intermedias: desde el delito de rebelión en grado de tentativa, pasando por la sedición, consumada o en grado de tentativa también, hasta la simple desobediencia. Para todas ellas habría, en principio, argumentos jurídicos, más o menos sólidos y más o menos gratos según quien sea el que los aduce o valora.

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About Lorenzo Silva
Un Comentario
  1. Que estupendo artículo , lleno de coherencia y de conocimiento de la situación

    ¿ La Sentencia,creo que condenatoria , dividirá más ? A saber

    ¡ El revuelto de setas, te dejas muchas dudas !!! Está muy bien .Un reto nuevo que triunfará .
    Un abrazo

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